Impacto en etiquetado, cumplimiento normativo y comercio con México
En julio de 2025, una afirmación del presidente Donald Trump sacudió tanto a la industria alimentaria como a la opinión pública; aseguró haber convencido a Coca-Cola de reemplazar el jarabe de maíz de alta fructuosa por azúcar de caña en su receta para el mercado estadounidense. Aunque la empresa aclaró que no sustituirá su fórmula principal, sí anunció el lanzamiento de una nueva versión de Coca-Cola endulzada con azúcar de caña estadounidense a partir del otoño de 2025.
Este cambio, que en apariencia parece una simple estrategia de marketing, tiene implicaciones profundas en el cumplimiento normativo, el etiquetado, y la logística comercial binacional, sobre todo entre Estados Unidos y México. Esta vez, analizamos todo lo que debes saber con respecto al etiquetado, comercio exterior y cumplimiento normativo en alimentos y bebidas no alcohólicas.
¿Qué cambia realmente?
A pesar de las declaraciones triunfalistas del presidente Trump en redes sociales, Coca-Cola no eliminará su fórmula tradicional con jarabe de maíz de alta fructuosa (HFCS).

Lo que anunció la empresa fue el lanzamiento de una nueva versión del producto, endulzada con azúcar de caña estadounidense, que convivirá con las presentaciones tradicionales.
Este nuevo producto no representa una reformulación completa ni una transición nutricional estructural. Se trata más bien de una estrategia comercial que responde a dos factores clave:
- La presión política ejercida por la administración Trump bajo el argumento de «recuperar lo natural».
- La creciente demanda de consumidores por productos percibidos como menos procesados o «más auténticos».
La nueva versión, según declaraciones del CEO de Coca-Cola, James Quincey, no sustituirá al producto insignia, sino que posicionará como una alternativa dentro del portafolio. De esta forma, la compañía se protege ante una posible reacción negativa del sector agrícola del maíz, uno de los pilares de la economía agroindustrial de EE.UU., al mismo tiempo que capitaliza la percepción positiva que tiene el azúcar de caña entre ciertos consumidores.
Este tipo de movimiento no es nuevo. Ya en años anteriores, Coca-Cola comercializaba de forma limitada en EE.UU. la «Mexican Coke», embotellada en México con azúcar de caña y presentada en botella de vidrio, que se convirtió en producto de culto. La diferencia ahora es que esta nueva versión se producirá y embotellará en territorio estadounidense, lo cual podría modificar no solo el origen logístico del producto, sino su tratamiento regulatorio.
En esencia, lo que está ocurriendo es una sofisticada maniobra de posicionamiento simbólico, más que un verdadero compromiso con la salud pública. Sin embargo, para las áreas de cumplimiento normativo y etiquetado, el impacto es muy real y debe ser gestionado con cuidado.
¿Dónde se fabrica y embotella la Coca-Cola que consumimos?
Para comprender el alcance normativo y comercial del cambio de receta, es indispensable entender cómo funciona el modelo de producción y distribución de Coca-Cola, tanto en EE.UU. como en México.
En su estructura global, The Coca-Cola Company no embotella directamente la mayoría de sus productos. En lugar de ello, opera bajo un sistema de franquicias: produce el concentrado (la fórmula base) y lo vende a embotelladoras autorizadas, que se encargan de mezclarlo, embotellarlo y distribuirlo en su región asignada.

En Estados Unidos
- La sede global y planta matriz de producción de concentrado se encuentra en Atlanta, Georgia.
- La embotelladora más grande en EE.UU. es Coca-Cola Consolidated, aunque otras empresas como Reyes Coca-Cola Bottling y Liberty Coca-Cola cubren amplias zonas geográficas.
- Estas embotelladoras compran el concentrado, lo que combinan con agua carbonatada y edulcorantes como el HFCS, lo embotellan y lo distribuyen a minoristas.
- Hay más de 60 plantas de embotellado en operación, estratégicamente distribuidas en función del consumo regional.
En México
- El proceso es similar, The Coca-Cola Company suministra el concentrado, y grandes embotelladoras como Coca-Cola FEMSA y Arca Continental hacen el resto.
- En México, desde hace décadas, se utiliza azúcar de caña como el endulzante estándar para todas las versiones de Coca-Cola.
- La Coca-Cola mexicana se embotella tanto para consumo nacional como para exportación, principalmente a Estados Unidos, donde es popular en comunidades latinas y nostálgicos del «sabor original».
Lo interesante es que este modelo dual genera productos visualmente similares per normativamente distintos: la Coca-Cola embotellada en México debe cumplir con la NOM-051 y, si se exporta, con las regulaciones de la FDA y CBP (Customs and Border Protection); en tanto que la Coca-Cola producida en EE.UU. está bajo supervisión exclusiva de la FDA.
Con el lanzamiento de una nueva versión con azúcar de caña hecha en EE.UU., cambia la ecuación logística y puede alterar los flujos de exportación/importación. Esto también impactará directamente en los requisitos de etiquetado, el país de origen declarado, y los controles sanitarios aplicables.
Implicaciones normativas en EE.UU.: ¿qué dice la FDA?
En Estados Unidos, el etiquetado de alimentos está regido por la Food and Drug Administration (FDA), a través del Título 21 del Code of Federal Regulations (CFR), especialmente las secciones 101 (etiquetado general) y 102 (Identidad del producto).
El lanzamiento de una Coca-Cola con azúcar de caña implica una serie de obligaciones legales y normativas que van más allá de cambiar un ingrediente en la etiqueta.

Principales consideraciones normativas
- Nombre del ingrediente: El jarabe de maíz debe ser sustituido en el listado por «sugar» o «cane sugar», y debe reflejar fielmente lo utilizado en el producto. No se permite ocultar o maquillar ingredientes bajo nombres genéricos.
- Perfiles nutricionales: Si el cambio modifica el contenido calórico o de azúcares por porción, la tabla nutricional también deberá ajustarse. Incluso si los valores se mantienen, el cambio de edulcorante requiere análisis de reformulación.
- Claims publicitarios:
- Frases como «made with real sugar», «natural», «less processed» o «cleaner formula» pueden ser consideradas engañosas si no tienen un sustento técnico y documental.
- La FDA prohíbe expresamente los claims que impliquen mejoras a la salud si no están autorizados por estudios clínicos o validaciones regulatorias previas.
- Distinción comercial: Dado que no se trata del mismo producto que la fórmula clásica, debe hacer una diferenciación clara en empaque y comunicación para evitar confusión al consumidor.
El incumplimiento de cualquiera de estos puntos puede derivar en advertencias, rechazos en frontera, demandas por publicidad engañosa o recall voluntario. Por eso cada nuevo producto debe pasar por revisión legal y validación regulatoria antes de salir al mercado.
¿Qué ocurre con el etiquetado en México bajo la NOM-051?
En México, el etiquetado frontal y nutricional de productos alimenticios está regulado por la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, actualizada en 2020 y cuya Fase 3 entra en vigor en enero de 2026.
Esta norma es particularmente estricta con los productos que contienen altos niveles de azúcares añadidos, grasas saturadas, sodio o calorías, y establece:
- Sellos de advertencia negros (Ej. «Exceso Azúcares»).
- Prohibición de personajes, claims o frases que induzcan a error, especialmente en productos dirigidos a niños o con ingredientes cuestionables.
Si Coca-Cola decide importar la nueva versión con azúcar de caña a México:
- El cambio de ingredientes (de HFCS a azúcar) no evita los sellos de advertencia si la cantidad de azúcares totales sigue rebasando los límites definidos por la NOM-051.
- No se permite usar frases como:
- «Más saludable»
- «Hecho con azúcar natural»
- «Receta original» (si implica que es superior o más sana)
- El etiquetado debe indicar claramente los ingredientes, la procedencia del producto, y el contenido nutricional. Si hay reformulación, debe actualizarse todo el etiquetado aprobado.
- Cualquier diferencia entre lo declarado y lo verificado por laboratorio puede derivar en:
- Multas.
- Retención en aduana.
- Prohibición de comercialización.
- Inmovilización en tienda por parte de COFEPRIS o PROFECO.
El mensaje es claro: el cumplimiento normativo no es negociable, incluso si el cambio parece ir en una dirección «más natural». La NOM-051 exige evidencias, precisión y neutralidad en la comunicación al consumidor.

El impacto en empresas exportadoras y etiquetadoras
Este tipo de cambios, aunque provengan de una sola marca, tienen efectos dominó para toda la industria alimentaria y de cumplimiento normativo. Las empresas que exportan productos procesados —ya sea a Estados Unidos o a México— deben estar muy alertas ante cualquier cambio en formulación, ingredientes, claims o perfil nutricional.
Principales impactos y retos
- Etiquetado a doble cumplimiento: Los productos que cruzan frontera deben adaptarse tanto a la FDA como a la NOM-051. Esto implica conocer ambas regulaciones y asegurarse de que los empaques cumplan con:
- Lenguaje técnico adecuado.
- Declaraciones aprobadas por cada país.
- Elementos visuales correctos (tipografía, pictogramas, sellos, lotes).
- Validación constante: Las etiquetas deben revisarse si hay:
- Cambio de ingrediente.
- Cambio de país de origen o embotelladora.
- Nueva estrategia de marketing o claim nutricional.
- Mayor escrutinio regulatorio: Tras el anuncio de Trump, hay mayor atención pública y política sobre las fórmulas, lo que podría traducirse en inspecciones más frecuentes, tanto en frontera como en un punto de venta.
- Oportunidad comercial: Las empresas que sepan adaptarse rápidamente, con asesoría profesional y cumplimiento riguroso, podrán aprovecharse la demanda de productos «con azúcar de caña», siempre que lo hagan de manera ética, legal y sustentada.
En resumen, este cambio representa tanto un reto como una oportunidad para quienes entienden que la etiqueta no es solo un diseño, sino una declaración legal ante el consumidor y la autoridad.
¿EE.UU. dejará de importar Coca-Cola Mexicana?
Uno de los efectos más comentados del lanzamiento de la nueva Coca-Cola con azúcar de caña productiva en Estados Unidos es su posible impacto sobre la importación de Coca-Cola mexicana, popularmente conocida como MexiCoke.
Desde hace años, esta versión se importa a EE.UU. como producto terminado, en especial en su presentación de botella de vidrio no retornable, y se distribuye en supermercados, tiendas latinas y locales gourmet. Su atractivo principal no solo radica en su envase retro, sino en su sabor distintivo, asociado al uso de azúcar de caña en lugar de jarabe de maíz.
¿Por qué es relevante este punto?
Porque con la producción local de una versión similar en EE.UU., Coca-Cola ya no dependería del producto embotellado en México para satisfacer a ese nicho de consumidores. Esto podría derivar en una disminución de las importaciones de MexiCoke, con consecuencias en:
a) El comercio bilateral
- México dejaría de exportar ese volumen de producto, lo que afectaría a embotelladoras como FEMSA, que habían consolidado este canal como una fuente de ingresos adicional.
- Se modificaría el tratamiento aduanal, ya que el país de origen del producto cambiaría, impactando la documentación, certificados de origen y condiciones del T-MEC.
b) El etiquetado binacional
- La Coca-Cola mexicana debe cumplir con la FDA al entrar a EE.UU., y con NOM-051 en territorio nacional.
- Si la nueva Coca-Cola con azúcar de caña se produce localmente, ya no requeriría ese doble cumplimiento, sino que bastaría con seguir la normativa FDA.
- Esto reduce costos para Coca-Cola, pero aumenta la presión competitiva para embotelladoras mexicanas.

c) La estrategia de marca
- Trump, en sus declaraciones, dio a entender que Estados Unidos «ya no necesita importar» esa Coca-Cola mexicana, pues ahora «puede hacerla igual o mejor en casa».
- Esto no solo responde a una lógica comercial, sino también a una narrativa nacionalista y proteccionista, donde incluso una bebida se convierte en símbolo autosuficiencia industrial.
Este giro puede verse como una relocalización simbólica de la autenticidad, en la que EE.UU. busca apropiarse del prestigio sensorial del producto mexicano, pero sin depender del comercio exterior. Para México, esto significa una potencial pérdida de competitividad y una llamada de atención para diversificar mercados, reformular sus propuestas o reforzar su ventaja logística y normativa.
¿Y qué dice la salud pública?
Más allá del marketing, los argumentos de campaña o las decisiones corporativas, el corazón del debate debería ser uno: la salud pública. Y en ese terreno, el cambio de jarabe de maíz a azúcar de caña ha generado opiniones divididas —aunque con una tendencia clara entre los expertos: no hay un beneficio nutricional significativo.
El jarabe de maíz de alta fructosa (HFCS) ha sido objeto de numerosas críticas por su asociación con enfermedades metabólicas, especialmente obesidad y diabetes tipo 2. Sin embargo, múltiples estudios han demostrado que el efecto metabólico de la fructosa es prácticamente el mismo, provenga del jarabe de maíz o del azúcar de caña.
Lo que señalan los especialistas
Eva Greenthal, del Center for Science in the Public Interest (CSPI), ha sido contundente:
“Lo que hace que un refresco sea poco saludable es que contiene azúcar líquida, no si esa azúcar viene del maíz o de la caña.”
El Dr. Walter Willett, profesor de nutrición en Harvard, coincide:
“Cambiar un tipo de azúcar por otro no mejora el valor nutricional de una bebida azucarada. Lo importante es reducir el consumo total.”
Incluso el propio Robert F. Kennedy Jr., secretario de Salud bajo Trump, ha afirmado que tanto el HFCS como el azúcar son “veneno”, aunque su agenda pública ha priorizado atacar a los ingredientes ultraprocesados como símbolos de deterioro alimentario.
Por tanto, aunque el cambio puede percibirse como “más natural” o “menos artificial”, desde el punto de vista nutricional el impacto es nulo o marginal. Ambos ingredientes provocan:
- Elevación rápida de glucosa en sangre.
- Estimulación de picos de insulina.
- Efectos adictivos relacionados con el sistema de recompensa cerebral.
- Contribución a enfermedades no transmisibles si se consumen en exceso.
Además, existe una gran confusión entre percepción y evidencia. El consumidor medio suele interpretar “azúcar de caña” como “más sano”, cuando en realidad es un azúcar simple más. Esta disonancia entre realidad nutricional y narrativa de marketing representa un riesgo de desinformación que las autoridades regulatorias —tanto FDA como COFEPRIS— deben vigilar con atención.

Un cambio simbólico con implicaciones reales
El caso Coca-Cola –Trump ha trascendido la anécdota presidencial para convertirse en una lección sobre cómo una decisión aparentemente trivial —como cambiar un edulcorante— puede tener consecuencias profundas en sectores como:
- El etiquetado: tanto en EE.UU. como en México, exige adaptaciones normativas, revisiones de claims y claridad técnica.
- El cumplimiento regulatorio: el riesgo de errores o declaraciones engañosas aumenta cuando se juega con ingredientes sensibles.
- El comercio exterior: el nuevo producto podría desplazar a la Coca-Cola mexicana en EE.UU., con impacto en exportadores, embotelladoras y verificadores de etiquetas.
- La salud pública: el cambio no implica un beneficio nutricional real, pero sí podría fomentar percepciones erróneas en el consumidor.
Más allá del azúcar, lo que se discute aquí es el poder de la narrativa política sobre la industria alimentaria, y cómo los reguladores, productores y comercializadores deben prepararse para actuar con rigor, evidencia y responsabilidad.

El etiquetado no es un detalle gráfico. Es un reflejo legal, técnico y ético de lo que consumimos.
Y en tiempos de populismo alimentario, cumplir la norma puede ser el único antídoto contra la confusión.
Un cambio simbólico con implicaciones reales
El caso Coca-Cola–Trump ha trascendido la anécdota para convertirse en un fenómeno complejo que entrelaza política, industria, percepción pública y cumplimiento normativo. Lo que comenzó como un comentario del presidente en su red social, se transformó en un movimiento que obliga a revisar cómo se formulan, etiquetan y comercializan los productos en dos de los mercados más importantes del continente.
Cambiar el tipo de edulcorante no es solo una cuestión de sabor o preferencia del consumidor. Representa una modificación que activa procesos técnicos, legales y logísticos, tanto en Estados Unidos como en México. Exige a las empresas adaptar sus etiquetas, validar ingredientes, cumplir con las regulaciones de dos sistemas normativos distintos, y cuidar cada palabra que declaran en sus envases. El error de presentar un claim sin sustento o una etiqueta ambigua puede costarles millones, su reputación o la entrada a un mercado.
Además, este episodio pone en evidencia cómo una narrativa política —como la de “recuperar lo natural” o “volver a lo real”— puede influir en decisiones corporativas y en la percepción de millones de consumidores. Aunque desde la ciencia no hay evidencia clara de que el azúcar de caña sea más saludable que el jarabe de maíz, el relato de lo auténtico, lo natural y lo nacional tiene fuerza simbólica. Y esa fuerza mueve mercados, aunque no necesariamente mejore la salud pública.

Por eso, más allá del tipo de azúcar, lo que se discute es el poder de la narrativa sobre la regulación. Y frente a ello, la respuesta no puede ser improvisación ni complacencia, sino profesionalismo, cumplimiento y comunicación responsable. Porque el etiquetado no es solo una herramienta comercial: es un documento legal, una promesa al consumidor y, en el mejor de los casos, una defensa frente a la desinformación.
Cumplir la norma, entender el contexto y anticiparse al cambio ya no son opciones: son la base de la competitividad en tiempos de incertidumbre.


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